Etiquetado obligatorio sobre alérgenos desde el 1 de julio de 2015

¿Lo sabías? La indicación de alérgenos es obligatoria desde el 1 de julio de 2015. Sin embargo, en restaurantes y empresas de catering, este requisito casi nunca se cumple. ¿Qué dice la ley?

Los restauradores deben indicarlo por escrito, sin que el cliente tenga que solicitarloUna lista de 14 sustancias alergénicas.

Prevista desde diciembre de 2014, la información sobre alérgenos es obligatoria desde el 1 de julio de 2015. Decreto n.º 2015-447 de 17 de abril de 2015. " sobre la información a los consumidores sobre alérgenos y productos alimenticios no envasados acaba de publicarse en el Diario Oficial el 19 de abril. Este decreto hace obligatorio a partir del 1 de julio de 2015 "información sobre la presencia de sustancias o productos que causan alergias o en los envases de los productos alimenticios, así como en los restaurantes, comedores y puntos de venta al por menor". Esto se aplica a minoristas de alimentación, empresas de catering, propietarios de restaurantes y el sector de la restauración institucional.

Los restauradores no tendrán que indicar los alérgenos en el menú, pero sí por escrito.Esta lista debe indicar la presencia de 14 alérgenos en los platos ofrecidos en el restaurante. Esta lista debe indicar la presencia de 14 alérgenos en los platos ofrecidos en el restaurante. Un documento idéntico debe mantenerse al día en los comedores.

En el caso de los productos alimenticios no envasados ofrecidos por minoristas (carnicerías, empresas de catering, etc.), debe indicarse esta información. cerca de los alimentos (etiqueta, cartel, etc.). En el caso de los alimentos preenvasados, la lista debe indicarse en la etiqueta. 

Los 14 alérgenos

1. Cereales que contienen gluten (trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas) y productos a base de estos cereales.
2. Crustáceos y productos a base de crustáceos.
3. Huevos y ovoproductos.
4. Pescado y productos a base de pescado.
5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
6. Soja y productos derivados.
7. Leche y productos lácteos (incluidos lactosa).
8. Frutos de cáscara (almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, pistachos, nueces de Macadamia, nueces de Queensland y productos derivados).
9. Apio y productos derivados.
10. Mostaza y productos a base de mostaza.
11. Semillas de sésamo y productos a base de semillas de sésamo.
12. Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro en términos de SO2 total para los productos ofrecidos listos para el consumo o reconstituidos según las instrucciones del fabricante.
13. Altramuces y productos a base de altramuces.
14. Moluscos y productos derivados.

 

Imagen que redirige a la ficha de producto del envase lactorélance 1day y del pastillero 9000

Tolerancia a la leche - por ,
4.5/ 5

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